2023-03-23

El Gobierno formalizó el canje de deuda de organismos públicos

Por medio de la publicación en el Boletín Oficial de los decretos 163/2023 y 164/2023, el Gobierno Nacional oficializó este jueves el canje de bonos en dólares por nuevos títulos en pesos con vencimiento para 2036, al igual que la sustitución de una serie de letras que fueron suscriptas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Tal como había sido anunciado por el Ministerio de Economía el pasado martes, el Decreto 164 dispone un canje de US$ 4.000 millones en bonos que se encuentran en poder de organismos del sector público nacional.

Las jurisdicciones, entidades y fondos deberán “proceder a la venta o subasta de sus tenencias de los títulos públicos nacionales denominados y pagaderos en dólares” y emitidos bajo legislación local. En un anexo se precisó que se trata de los bonares 2029 (AL29), 2030 (AL30), 2035 (AL35), 2038 (AE38) y 2041 (AL41).

Estas ventas o subastas –indica el artículo 2°- serán llevadas a cabo “por la entidad que determine el Ministerio de Economía bajo los términos y condiciones que este disponga”.

Por otro lado, la misma disposición ordena a los organismos públicos la entrega en canje al Tesoro Nacional de los títulos públicos denominados en dólares y emitidos bajo ley extranjera, incluyendo a los globales 2029 (GD29) 2030 (GD30), 2035 (GD35), 2038 (GD38), 2041 (GD41) y 2046 (GD46).

Con lo recibido por sus operaciones de venta de estos títulos, los organismos deberán canjear el 70% el monto por nuevos títulos públicos y el resto deberá ser utilizado para los objetivos y metas de sus presupuestos de este año, “incluyendo la financiación de inversiones productivas y créditos que motoricen el consumo interno”.

Los títulos que recibirán son bonos duales (denominados en dólares y con pago en pesos) con vencimiento en 2036 y bajo legislación local, ajustados según el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), es decir, la inflación.

Los mismos devengarán intereses sobre el capital ajustado por CER a una tasa del 3% anual o el capital denominado en dólares convertido a pesos más un cupón del 3% anual.

El decreto establece que el Ministerio de Economía definirá “los términos y condiciones” de la operación de canje y, tanto para este caso como para las ventas y subastas de los títulos bajo legislación local, la nómina de las jurisdicciones, entidades y fondos alcanzados.

A la hora de explicar esta medida, el decreto señala en sus considerandos la necesidad de fortalecer el orden macroeconómico y de mejorar las expectativas mediante políticas que permitan “aportar mayor certidumbre cambiaria y financiera en el corto y mediano plazo”.

En ese sentido, se señala estas disposiciones “abordarán los principales frentes que hoy generan mayor incertidumbre en materia cambiaria y financiera” y se resalta la importancia de “continuar con las acciones tendientes a evitar la volatilidad extrema en el mercado cambiario” dado el efecto “contraproducente” que conllevan sus “subas bruscas”.

Reducir estas presiones cambiarias e inflacionarias “permitirá mejorar los salarios reales, las condiciones de vida de la población más vulnerable y mantener el vigor de la actividad económica”.

Para lograr reducir la incertidumbre, las medidas apuntan a “fortalecer la política fiscal y monetaria” reduciendo "probables excedentes monetarios, estabilizando el mercado cambiario y fortaleciendo el financiamiento de las arcas públicas, despejando así el camino para el cumplimiento del programa financiero en 2023, lo cual debiera redundar en la reducción del costo financiero para el Tesoro Nacional".

 

Fuente: Télam

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