2024-11-15

El Ministerio de Capital Humano rechaza inscripción sindical de la policía

El Ministerio de Capital Humano emitió hoy la Resolución 815, rechazando el pedido de inscripción gremial presentado por el Sindicato Policial y Penitenciario de Buenos Aires. La solicitud fue denegada debido a la falta de cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley 23.551 y su Decreto Reglamentario.

La normativa vigente, incluida la Ley de Asociaciones Sindicales (Ley 23.551), regula los requisitos que deben cumplir los sindicatos para obtener su inscripción gremial. Esta normativa está diseñada para garantizar que las organizaciones sindicales acrediten la representatividad y cumplan con los procesos legales establecidos.

En este caso, el Ministerio consideró que el sindicato no reunió los requisitos necesarios, basándose en los argumentos presentados por la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, que recomendó el rechazo de la inscripción.

El artículo 9 del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) permite que los Estados miembros determinen si se aplican las garantías de libertad sindical a las fuerzas policiales y armadas. En Argentina, no existe legislación específica que permita la sindicalización de estas fuerzas, lo que refuerza el rechazo del pedido por parte de la Secretaría de Trabajo y Empleo.

Además, el Servicio Jurídico Permanente de la Secretaría de Trabajo intervino en el análisis del caso, apoyando la decisión del rechazo. Se concluyó que permitir la creación de un sindicato para las fuerzas policiales afectaría el orden interno y la operatividad de la fuerza, dado su carácter disciplinario y su estructura jerárquica vertical.

La resolución fue firmada por el Secretario de Trabajo, Julio Gabriel Cordero, e instruye el registro del rechazo en la Dirección Nacional de Asociaciones del Trabajo.

Te puede interesar