2026-02-27

Actualizan los requisitos de equipamiento para aeronaves: todos los cambios

El nuevo sistema contempla cambios en los sistemas de seguridad, advertencia, grabación y localización.

El Gobierno Nacional actualizó los requisitos de equipamiento de aeronaves, en línea con estándares internacionales. La modificación contempla adecuaciones principalmente en los sistemas de seguridad, como los equipos de alerta de colisión en vuelo.

Puntualmente, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó la enmienda de las Partes 91, 121 y 135 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), una actualización que readecúa los requisitos de equipamiento de las aeronaves que operan en el país y los alinea con los estándares de la Federal Aviation Administration (FAA) de Estados Unidos.

La actualización contempla adecuaciones en sistemas de seguridad como los equipos de alerta de colisión en vuelo (TCAS/ACAS), los sistemas de advertencia de proximidad del terreno (GPWS/TAWS), los grabadores de vuelo y de voz de cabina, y los transmisores localizadores de emergencia.

Con estos cambios, según el Gobierno, Argentina adopta criterios técnicos en línea con las Regulaciones Aeronáuticas Federales (FAR) de la FAA —autoridad aeronáutica de referencia internacional— manteniendo coherencia con los estándares y recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

El objetivo es contar con exigencias acordes a la tecnología actualmente disponible y a las prácticas internacionales vigentes. En algunos casos, la normativa local establecía requisitos más estrictos que los aplicados por la FAA, lo que en la práctica dificultaba la incorporación de aeronaves provenientes de otros mercados.

La adecuación, siempre según la información oficial, permitirá optimizar el parque aeronáutico, favorecer la incorporación de más aeronaves al sistema y promover una mayor eficiencia operativa, sin resignar los niveles de seguridad operacional, que continúan siendo el principio rector del sistema.

Por otra parte, se suprime la exigencia del uso “exclusivo” de una aeronave para cada tipo de operación autorizada bajo la Parte 135 de las RAAC, con lo cual se fomenta la creación de empresas con aeronaves compartidas.

Además, se elimina la exigencia de que las aeronaves matriculadas en un Estado extranjero —que sea parte del Convenio sobre Aviación Civil Internacional—, y alquiladas por operadores que realicen transporte aéreo regular en Argentina, deban realizar su mantenimiento exclusivamente en talleres u organizaciones autorizadas por la ANAC.

Con esta modificación, se establece que el mantenimiento podrá ser efectuado por organizaciones habilitadas por la autoridad aeronáutica del Estado de matrícula de la aeronave, salvo que exista un acuerdo específico que disponga lo contrario. De este modo, se reconocen los sistemas de supervisión y control de mantenimiento del país de origen.

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