2026-04-20

Nueva Ley de Discapacidad: pensión del 70% del haber jubilatorio, incompatibilidad laboral, auditorías y reempadronamiento

Con las firmas del presidente Javier Milei; del ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones; y del jefe de Gabinete, Manuel Adorni; se envió la nueva Ley de Discapacidad, denominada "Ley contra el fraude de pensiones por invalidez".

El gobierno nacional elaboró un nuevo proyecto de Ley de Discapacidad para reemplazar a la norma votada en el Congreso y que aún no puso en vigencia. Bajo el nombre "Ley contra el fraude de pensiones por invalidez", el ejecutivo envió al cuerpo legislativo la iniciativa.

El texto cuenta con seis páginas y entre las modificaciones, se sustituye el Artículo 6º y el 7° de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad Nº 27.793, indicando que la Pensión no Contributiva por Invalidez Laboral consiste en el pago de una prestación mensual equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio. Y en lo que refiere a la compatibilidad con trabajo y empleo, señala que la Pensión no Contributiva por Invalidez Laboral será incompatible con poseer un vínculo laboral formal y/o encontrarse inscripto en el régimen general y/o simplificado vigente.

En otro orden, este nuevo proyecto de ley precisa que el Poder Ejecutivo Nacional deberá efectuar una compensación de emergencia a los prestadores que brinden prestaciones a cargo de organismos dependientes del Estado y de las entidades -enunciadas en el artículo 1º de la Ley N° 23.660 y sus modificaciones- que deberá incluir la diferencia entre el porcentaje de variación del valor de los
aranceles aprobados entre el 1º de diciembre de 2023 inclusive y el 31 de diciembre de 2024 inclusive y el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) establecido por el INDEC, para el mismo período.

Además, se adoptará un sistema de auditorías periódicas con el objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para el cobro de la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral. En este marco, el gobierno nacional verificará los requisitos documentales y socioeconómicos mediante el cruce de información con bases de datos de la ANSES y de ARCA. Al respecto, el texto aclara que "cuando de dichos cruces de información surja el incumplimiento de alguno de los requisitos objetivos vigentes de la prestación, la Secretaría Nacional de Discapacidad podrá disponer su suspensión preventiva".

La ley que impulsa el gobierno nacional también incluye un reempadronamiento de los titulares de Pensiones No Contributivas otorgadas con el objeto de actualizar la información personal, socioeconómica y médica de cada titular. En caso de incumplimiento del deber de reempadronamiento dentro del plazo establecido, la Autoridad de Aplicación podrá disponer la suspensión preventiva automática de la prestación, y el titular tendrá 60 días para regularizar su situación. En el caso de vencerse el plazo sin que el beneficiario hubiere cumplido con su regularización para el reempadronamiento, se le dará de baja. 

Por otra parte, se indica que el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral deberá garantizar la universalidad de la atención mediante la integración y coordinación de políticas públicas, recursos institucionales y mecanismos de financiamiento afectados a la materia, pero se aclara que la universalidad no implicará la homogeneidad de aranceles ni de modalidades de financiamiento entre las jurisdicciones.

Este proyecto lleva la firma del presidente Javier Milei; del ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones; y del jefe de Gabinete, Manuel Adorni; y será debatido en el Congreso. 

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