2026-09-07

La Justicia rechazó la demanda de la CETAC contra la Tasa Vial municipal

El fallo sostuvo que no se configura una situación de analogía tributaria ni de doble imposición.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Mar del Plata rechazó la demanda presentada por la Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Cargas (CETAC) contra la Municipalidad de General Pueyrredon por la Tasa para el Mantenimiento de la Red Vial Urbana Municipal.

El fallo sostuvo que no se configura una situación de analogía tributaria ni de doble imposición, siguiendo el criterio establecido por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata en la causa “Castello”.

La CETAC había cuestionado la tasa al considerar que tanto el tributo municipal como el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos alcanzaban una misma manifestación de capacidad contributiva. Sin embargo, el juez Simón Isacch sostuvo que debía aplicar el criterio adoptado por la Cámara en el expediente “Castello”, donde se descartó la existencia de la analogía tributaria y la doble imposición planteadas. El magistrado aclaró expresamente que adoptaba esa postura “sin perjuicio de dejar a salvo mi opinión sobre el punto”.

El fallo también señaló que la obligación de pago de la tasa no está vinculada con ser residente del partido ni con utilizar efectivamente una determinada calle, sino con adquirir combustibles líquidos dentro de General Pueyrredon.

La Justicia argumentó que se trata de una tasa y no de un impuesto encubierto y sostiene que el cobro está vinculado a un servicio municipal concreto para mejorar la red vial.

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