Beneficios para prepagas para evitar aumentos en cuotas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha tomado medidas para garantizar la estabilidad de las cuotas de medicina prepaga de los afiliados durante los últimos tres meses del año 2023. Estas acciones están dirigidas específicamente a los empleadores inscritos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud que han acordado no aumentar las cuotas de sus afiliados.
Beneficios para Empleadores Comprometidos
La AFIP ha implementado un procedimiento que brinda a los empleadores inscritos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud la oportunidad de acceder a beneficios destinados a mantener estables las cuotas de medicina prepaga para sus afiliados durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023. Esto aplica siempre que el grupo familiar tenga ingresos brutos mensuales iguales o inferiores a $2.000.000.
Los empleadores que adhieran a este acuerdo podrán disfrutar de la exención del 100% en el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que correspondan a los períodos mensuales de septiembre de 2023 a marzo de 2024. Estos empleadores serán identificados en el "Sistema Registral" con el código "115 - Dto.478/23-Empleador Sector Salud- Eximición Cont. Seg. Soc."
Además, los profesionales, técnicos, auxiliares y ayudantes que prestan servicios en el ámbito de la salud y que estén cubiertos por esta exención serán caracterizados con nuevos códigos en el sistema Declaración en Línea, lo que facilitará la gestión y el seguimiento de estos beneficios.
Plan de Facilidades de Pago
Junto con la exención de las contribuciones patronales al SIPA, la AFIP también ha establecido un plan de facilidades de pago en 9 cuotas para la cancelación de las contribuciones patronales al Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS) e IVA, incluyendo intereses y multas, correspondientes a los períodos de septiembre a noviembre de 2023. La primera cuota de este plan deberá ser abonada en marzo de 2024.
Los empleadores podrán adherirse a este plan especial desde el 10 de octubre de 2023 hasta el 29 de febrero de 2024, utilizando su clave fiscal a través del sistema "Mis Facilidades" y seleccionando la opción "Decreto 478/2023 - Plan Especial". Las cuotas serán mensuales, iguales en cuanto al componente de capital, y el monto de cada una deberá ser igual o superior a $2.000.
La tasa de interés de financiación mensual será del 90% de la tasa de interés resarcitorio vigente en la fecha de consolidación del plan, con reducciones porcentuales según el mes de consolidación.
Vigencia de las Medidas
Estas medidas entraron en vigencia a partir del 23 de septiembre de 2023, con el objetivo de garantizar que los empleadores del sector salud puedan cumplir con sus obligaciones financieras de manera sostenible y evitar aumentos en las cuotas de medicina prepaga para sus afiliados en los últimos meses del año.