lunes 22 de junio de 2026
Publicidad

ANMAT extiende la excepción para importación de repelentes ante brote de dengue

viernes 27 de septiembre de 2024

En respuesta a la emergencia sanitaria provocada por el brote de dengue, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha decidido prorrogar por 180 días la excepción de intervención en la importación de repelentes. Esta medida, que entra en vigor el 1 de octubre de 2024, tiene como objetivo prever el normal abastecimiento de productos esenciales para la prevención de picaduras de mosquitos, tal como se detalla en la resolución dada a conocer hoy.

Los productos que están exceptuados de la intervención de ANMAT incluyen diversas formas de repelentes de insectos, tales como Aerosol, Crema, Spray y Gel.

Estos productos deben contener al menos una de las siguientes sustancias activas para calificar bajo esta excepción:

DIETHYL TOLUAMIDE (DEET) 7-30%
ETHYL BUTYLACETYLAMINOPROPIONATE (IR 3535) 7-20%
ICARIDINA/PICARIDIN 5-20%
ACEITE DE EUCALIPTO LIMÓN 30-40%
ACEITE DE CITRONELA 5-15%
P-MENTANO-3,8-DIOL (MENTHANEDIOL) 8-10%

La decisión de ANMAT se fundamenta en el contexto del aumento de casos de dengue en Argentina. En vista del aumento de los casos reportados y la necesidad de frenar la propagación del virus, el Ministerio de Salud de la Nación ha recomendado la adopción de medidas preventivas, entre las que se incluye el uso masivo de repelentes.

Declaraciones juradas y control de importaciones

Las empresas que importen estos productos deben cumplir con un proceso de fiscalización. Esto incluye la presentación de una declaración jurada a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia) bajo la categoría de "Notificaciones varias - Productos cosméticos e higiene personal". La declaración se presenta como necesaria para garantizar la transparencia en la distribución y comercialización de estos repelentes.

 

Publicidad