domingo 21 de junio de 2026
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El guiño de Milei al recorte de fondos del Estado para los partidos: "a prepararse para un tsunami de llorones"

domingo 20 de octubre de 2024

Esta mañana, el presidente Javier Milei eligió una vez más el campo de las redes sociales para deslizar el rumbo político que tomará su gabinete durante los próximos días. En esta ocasión, en las vísperas del tratado de la Ley de Presupuesto y a un año de las elecciones legislativas de 2025, los cañones apuntaron al financiamiento público de los partidos políticos.

A través de su cuenta personal de X, el presidente reposteó dos publicaciones de usuarios anónimos vinculados al público libertario y que suelen anticiparse a las jugadas del oficialismo. "Atención. El gobierno eliminará el financiamiento público a los partidos políticos", lanzó una de las cuentas.

"Dejarán de recibir aportes del Estado y tendrán que preocuparse en conseguir contribuciones voluntarias para subsistir", sentenció el posteo que retuiteó Milei. De este modo, sin emitir palabra, el Presidente suscribió a lo que sería un importante anuncio.

Lo cierto es que una postura de este tipo en el oficialismo -al margen del grado de sorpresa que pueda acaparar- no sería inesperada, si se recuerdan los dichos del Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, sobre la utilidad de las PASO (las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias) y un guiño para desterrarlas. 

“Tenemos que diseñar un sistema porque las PASO no sirvieron para nada”, sentenció el ministro coordinador, quien consideró que el mecanismo además genera “un costo enorme para el Estado” y a la vez es “una molestia generalizada para los ciudadanos”, fueron algunas de las declaraciones del Jefe de Gabinete para Radio Continental a principios de este mes, el pasado 4 de octubre.

Por otra parte, el Presidente también le dio el "ok" a otro tuit, que expresa lo mismo, pero en términos más duros. "A prepararse para un tsunami de llorones gritando que Milei está en contra de la democracia", se lee en los dichos del usuario @Pregonero.

La Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, el blanco elegido

Ante este panorama, y con el reciente lanzamiento de la "ley hojarasca" bajo la autoría del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, la cuestión podría ir a parar en los próximos días sobre la ley 26.215 o "Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos", que especifica cómo deben obtener sus recursos los partidos.

En este sentido, el artículo n°4 de la ley, modificado en 2019 con aprobación del Congreso, expresa:

ARTICULO 4º — Financiamiento partidario. Se establece un modelo mixto por el cual los partidos políticos obtendrán sus recursos mediante el financiamiento público y privado para el desarrollo de sus operaciones ordinarias y actividades electorales, de acuerdo a lo establecido en la presente ley.

La atención del Presidente fue a parar sobre aquel régimen de "financiamiento público" que establece la ley, bajo el cual "el Estado contribuye al normal funcionamiento de los partidos políticos" en cuestiones de desenvolvimiento institucional, capacitación y formación política, y campañas electorales primarias y generales.

Se prevé que las intenciones del oficialismo se posicionen en mayor medida sobre el Fondo Partidario Permanente. Por ley, la administración de esos fondos dependía del Ministerio de Interior, pero el hecho es que ese mismo Ministerio quedó disuelto en el traspaso de Guillermo Francos a la Jefatura de Gabinete: fue degradado a Secretaría y depende del propio Francos.

El Fondo en cuestión está constituido por siete distintos aportes: el que destina la ley de Presupuesto, el dinero proveniente de multas que se recaudan por la aplicación de la propia Ley, el producto de liquidación de bienes de partidos extinguidos, distintos legados y donaciones, reintegros realizados por los partidos, y finalmente los aportes del sector privado.

El artículo 9 de la ley, además, establece que ese dinero debe ser asignado en un veinte por ciento "en forma igualitaria entre todos los partidos reconocidos", y en un ochenta por ciento "en forma proporcional a la cantidad de votos que el partido hubiera obtenido en la última elección de diputados nacionales", siempre y cuando ese partido haya superado el 1% del padrón en cuanto a votos.

 

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