miércoles 01 de abril de 2026
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MAIE Argentina alza la voz contra el Decreto 36/25 de ciudadanía italiana

El Movimento Associativo Italiani all’Estero (MAIE) de Buenos Aires expresó su profunda preocupación ante el Decreto 36/25 sobre ciudadanía y advirtió que la reforma, lejos de reforzar el vínculo efectivo entre Estado y ciudadanos, introduce numerosos perfiles de criticidad que podrían causar un daño irreversible a los intereses de Italia.
miércoles 07 de mayo de 2025

El Movimento Associativo Italiani all’Estero (MAIE) de Buenos Aires hizo pública su profunda preocupación en relación con el Decreto 36/25, que reforma el instituto de la ciudadanía italiana. Según la organización, la reglamentación presenta numerosos perfiles de criticidad que, de no ser revisados, podrían causar un daño irreversible a los intereses de Italia a largo plazo.

En una carta dirigida al ministro de Asuntos Exteriores y de la Cooperación Internacional, On. Antonio Tajani, el MAIE advierte que, aunque una revisión de la normativa de ciudadanía era esperable y necesaria, el decreto actual se mueve en una dirección opuesta a la de reforzar el vínculo efectivo entre Estado y ciudadanos y el concepto de genuine link

El pasado viernes 2 de mayo los representantes del MAIE Argentina le presentaron en mano al Sr. embajador de Italia en Argentina, Dr. Fabrizio Lucentini, un documento en la sede de la Embajada de Italia en Argentina, reclamando por la situación que se vive desde hace un mes.

Por la circunscripción consular de Mar del Plata estuvo presente su coordinador Marcelo Carrara.

El documento completo:

MAIE Movimiento Asociativo Italiani all’Estero

Buenos Aires, 2 de mayo de 2025

Al Señor Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional,
Honorable Antonio Tajani.

Asunto: Observaciones sobre el Decreto 36/25 en materia de ciudadanía

Estimado Señor Ministro:

Con sentido de responsabilidad y espíritu constructivo, queremos expresar nuestra profunda preocupación respecto al contenido de la reforma del instituto de la ciudadanía introducida por el Decreto 36/25. Es evidente para todos que una revisión de la normativa era deseable, considerando los principios del concepto de genuine link y la necesidad de fortalecer el vínculo efectivo entre el Estado y sus ciudadanos. Sin embargo, el decreto en cuestión avanza en una dirección diametralmente opuesta, presentando numerosos problemas que, de no ser corregidos, podrían causar un daño irreversible a los intereses de Italia a largo plazo.

- Un golpe a la proyección internacional de Italia

La preocupación más grave es el riesgo real de comprometer definitivamente la presencia de Italia en el mundo. La introducción de restricciones al reconocimiento de la ciudadanía por descendencia —especialmente con la cuestionable fórmula “no han adquirido nunca la ciudadanía”— podría provocar la desaparición progresiva de las comunidades italianas en el extranjero. Estas comunidades han sido, desde siempre, un recurso fundamental para el país, promoviendo espontáneamente el Made in Italy, la cultura, el idioma y los valores italianos en el mundo.

Eliminar este patrimonio humano y simbólico debilitaría la capacidad de Italia para proyectarse globalmente, afectando las redes económicas, culturales y diplomáticas construidas a lo largo de más de un siglo de emigración italiana. En un momento en el que las grandes potencias invierten en sus diásporas, el Decreto 36/25 parece querer cortar uno de los vínculos más vitales de Italia con el mundo.

- La barrera discriminatoria del “nacido en Italia” y el paradojo de los ciudadanos italianos de hoy

Otro problema clave es la exigencia de haber nacido en Italia o haber residido al menos dos años en el país para acceder al reconocimiento de la ciudadanía. Aunque estos criterios puedan parecer racionales, excluyen completamente la transmisión de la italianidad a las generaciones futuras nacidas en el extranjero y educadas en entornos italianos. En efecto, se restringe la ciudadanía a los hijos de italianos solo si han nacido o residido en el territorio, lo que anula la identidad italiana en el extranjero.

Esto significa que, en una o dos generaciones, las familias italianas emigradas hace tiempo no podrán transmitir la ciudadanía a sus hijos o nietos, lo que llevaría a la desaparición de la ciudadanía italiana en el mundo. Es una perspectiva alarmante para la supervivencia misma de la identidad italiana fuera de Italia.

- La cuestión de la retroactividad y el principio de igualdad

También es fundamental abordar la cuestión de la retroactividad del decreto, tanto desde un punto de vista legal como moral. Es inaceptable que una ley como esta, vigente desde el 27 de marzo de 2025, pueda negar retroactivamente derechos adquiridos o en proceso de reconocimiento. Una persona nacida antes de esa fecha, que según el artículo 1 de la Ley 91/92 tenía derecho a la ciudadanía iure sanguinis, no debería perder ese derecho por una norma posterior. Hacerlo sería una violación de uno de los principios fundamentales del sistema jurídico italiano.

Igualmente preocupante es la cuestión de la igualdad ante la ley. El decreto genera una injusticia evidente entre dos ciudadanos italianos: uno que puede transmitir su ciudadanía hasta el 26 de marzo de 2025 y otro nacido después, que ya no tiene ese derecho. Esta discriminación en el tratamiento legal es inconstitucional y podría ser objeto de numerosos recursos y litigios.

Además, el Decreto 36/25 genera un paradojo jurídico y social inaceptable. Hoy existen ciudadanos italianos que hablan italiano, consumen productos italianos, participan activamente en la vida política votando e incluso siendo elegidos en parlamentos extranjeros, pero que no pueden transmitir su ciudadanía italiana a sus hijos.

Por ejemplo, una familia con dos hijos: el primero, nacido antes de la entrada en vigor del decreto e inscrito regularmente en el AIRE, es ciudadano italiano; el segundo, nacido días o semanas después y aún no inscrito, es considerado carente de genuine link con Italia. Dos hermanos nacidos de los mismos padres, educados en el mismo entorno cultural, terminan siendo discriminados: uno ciudadano italiano, el otro no.

Asimismo, hay ciudadanos italianos nacidos en el extranjero en segunda, tercera e incluso cuarta generación que viven plenamente su identidad italiana, participan en asociaciones italianas en el extranjero e incluso dirigen algunas de ellas, asisten a escuelas donde se estudia el italiano, pero que, según las nuevas normas del decreto, son considerados carentes de vínculos con Italia.

Estos casos demuestran claramente que el decreto no se ajusta al principio internacional del genuine link: no es el número de generaciones lo que determina la existencia de un vínculo auténtico con una nación, sino múltiples factores —lingüísticos, culturales, identitarios y políticos— que el decreto no ha tomado en cuenta. Una legislación equitativa y respetuosa de los principios internacionales debería reconocer estos elementos sustanciales en lugar de basarse en simples automatismos administrativos.

Conclusiones

Señor Ministro, reformar el sistema de ciudadanía es una responsabilidad seria y necesaria, pero debe hacerse con equilibrio y considerar aspectos políticos y no solo burocráticos. Debe ser el resultado de elecciones conscientes por parte de los representantes democráticamente electos y no quedar exclusivamente en manos de la gestión administrativa, que muchas veces está desconectada de la realidad de las comunidades italianas en el mundo.

El Decreto 36/25, tal como está redactado, corre el riesgo de debilitar los lazos entre Italia y su diáspora, comprometer su influencia global y negar derechos fundamentales a ciudadanos que han construido su identidad en torno a la italianidad.

Por ello, solicitamos que el decreto sea suspendido y revisado con urgencia, mediante un proceso de discusión amplio, democrático y participativo, en nombre del interés nacional y los principios constitucionales.