viernes 03 de abril de 2026
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La Justicia prohibió el uso de vehículos 4x4 en La Frontera de Pinamar

Un juez de Dolores prohibió el uso de vehículos 4x4 en La Frontera de Pinamar, tras un amparo que alertó sobre riesgos graves y reiterados accidentes.
lunes 02 de febrero de 2026

La Justicia resolvió prohibir el uso de camionetas 4x4, UTV, cuatriciclos, motos y otros vehículos en el sector de médanos conocido como La Frontera de Pinamar, uno de los espacios más concurridos durante la temporada de verano.

La decisión fue adoptada por un juez del Departamento Judicial de Dolores, quien hizo lugar a una medida cautelar presentada por el ex director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Pablo Julián Martínez Carignano, en una acción de amparo contra la Municipalidad de Pinamar.

Según consta en el fallo, la presentación judicial se basó en la existencia de conductas de riesgo manifiesto, asociadas durante años a siniestros graves y muertes, muchos de ellos con niñas y niños como víctimas.

Los riesgos señalados en la causa contemplan pruebas de destreza y competencias informales, maniobras temerarias en zonas sin delimitación, falta de señalización y controles permanentes y convivencia de vehículos con peatones y familias.

El juez consideró que estas prácticas se desarrollaban en un espacio de uso público de hecho, más allá de su eventual titularidad privada, y en un contexto de alta concurrencia turística.

El rol del Municipio y la omisión estatal

Uno de los puntos centrales del fallo es la responsabilidad del Estado municipal. La resolución cuestiona la postura de la Municipalidad de Pinamar, que había sostenido públicamente que no podía intervenir por tratarse de un predio privado.

El magistrado afirmó que los municipios, en su carácter de entes estatales locales, poseen poder de policía, lo que implica la obligación de regular, controlar e impedir actividades que pongan en riesgo la seguridad, la vida y la integridad física de las personas.

El fallo se apoya en el principio de prevención del daño, priorizando una tutela anticipatoria frente a riesgos graves e irreversibles. En ese sentido, el juez sostuvo que las multas resultan insuficientes ante accidentes reiterados y de público conocimiento.

Alcance de la medida

  • Suspensión de pruebas de destreza y competencias formales o informales
  • Prohibición de eventos recreativos motorizados
  • Alcance sobre 4x4, UTV, camionetas, cuatriciclos, motos y similares
  • Vigencia hasta que se garanticen condiciones adecuadas de seguridad y control


La resolución judicial representa un precedente relevante en materia de seguridad vial y uso responsable del espacio público, especialmente en zonas turísticas donde el riesgo se incrementa durante la temporada alta.