lunes 04 de mayo de 2026
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Reglamentaron un capítulo de la reforma laboral

El Gobierno reglamentó un capítulo de la reforma laboral con beneficios para promover el empleo registrado y reducir costos laborales.
lunes 04 de mayo de 2026

El Gobierno nacional avanzó con la implementación de la reforma laboral al publicar el Decreto 315/2026, mediante el cual se reglamenta el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL). La medida busca promover el empleo registrado en el sector privado a través de beneficios concretos para empleadores. En este contexto, el objetivo principal es incorporar trabajadores que se encontraban fuera del sistema formal, desempleados o provenientes de regímenes como el monotributo, con el fin de reducir la informalidad laboral y ampliar la base de empleo registrado.

Uno de los ejes centrales del régimen es la reducción de las cargas sociales para nuevas contrataciones. Los empleadores que incorporen trabajadores bajo este sistema accederán a una disminución en las contribuciones patronales durante los primeros 48 meses desde el inicio de la relación laboral. Este incentivo apunta a abaratar el costo de contratación, generando condiciones más favorables para que las empresas amplíen sus plantillas y fomenten la creación de empleo formal.

La normativa establece criterios claros sobre los trabajadores que pueden ser incluidos en el régimen. Se contempla a personas sin empleo formal registrado previo al 10 de diciembre de 2025, trabajadores desempleados en los últimos seis meses, monotributistas sin relación laboral reciente y también a quienes provengan del sector público. Además, se fija un período específico para acceder al beneficio: las nuevas relaciones laborales deberán registrarse entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.

Límites y condiciones para los empleadores

El decreto también introduce límites para evitar un uso indebido del régimen. En este sentido, los empleadores podrán incluir hasta un 80% de su nómina dentro del sistema de beneficios, siempre que cumplan con los requisitos legales y fiscales establecidos. El incumplimiento de estas condiciones o la detección de irregularidades implicará la pérdida automática de los beneficios, junto con la obligación de regularizar los aportes no abonados con sus respectivos intereses.

Cómo se distribuyen los aportes

La reglamentación detalla el destino de las contribuciones reducidas, asegurando el financiamiento de los distintos subsistemas de la seguridad social. En este esquema, los aportes se distribuyen entre el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo, el Régimen de Asignaciones Familiares y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP). De este modo, se garantiza que, pese a la reducción de alícuotas, el sistema previsional continúe recibiendo recursos.

Coordinación y control del sistema

La implementación del régimen estará a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que será responsable de definir los mecanismos de liquidación, fiscalización y control. Además, se prevé una articulación con el Ministerio de Capital Humano para compatibilizar este esquema con otros programas laborales y sociales vigentes. A su vez, se desarrollarán sistemas que permitan detectar incumplimientos, aplicar exclusiones automáticas y garantizar la transparencia en la aplicación del régimen.