Dejó de ser obligatorio registrar los contratos de alquiler
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido la Resolución General 5545/2024, la cual introduce importantes modificaciones en el procedimiento de registro de contratos de locación de inmuebles. Esta actualización responde a los cambios establecidos por la Ley N° 27.737, que, entre otras disposiciones, modificó el Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley de Alquileres N° 27.551.
Con el objetivo de simplificar la carga administrativa de los contribuyentes, la AFIP ha decidido limitar el régimen general de registración a aquellos locadores que busquen aprovechar los incentivos fiscales establecidos en el Capítulo III de la Ley N° 27.737. Estos incentivos aplican al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y a diversos impuestos como los bienes personales, créditos y débitos en cuentas bancarias, y ganancias.
La registración de los contratos de locación ahora es obligatoria solo para quienes quieran usufructuar estos beneficios fiscales. Los locadores deberán declarar sus contratos en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI” a través del sitio web de la AFIP, utilizando su Clave Fiscal.
El procedimiento para la registración es claro y debe realizarse dentro de los 15 días corridos posteriores a la celebración del contrato. Los datos deben ser ingresados en la opción “Declaración de contratos” dentro del servicio RELI, adjuntando el contrato en formato “.pdf” o “.jpg”.
Una vez completado el proceso, el sistema emitirá una constancia con el código identificador del contrato. Este documento servirá como acuse de recibo de la transacción realizada y será enviado al Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente.
Modificaciones y renovaciones de contratos
En caso de modificaciones o renovaciones de los contratos registrados, estas deben ser informadas en el mismo plazo de 15 días. El sistema permitirá la actualización de los datos del contrato original, garantizando que todas las variaciones sean correctamente reflejadas en el registro.
Los contribuyentes podrán consultar los contratos registrados a través del servicio RELI. Además, la resolución incluye disposiciones para la registración de contratos celebrados en moneda extranjera, que deberán informarse en pesos utilizando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina vigente al cierre del día anterior.
Finalmente, la resolución establece un plazo límite hasta el 30 de septiembre de 2024 para registrar contratos previos y acceder a los incentivos fiscales aplicables a períodos anteriores.