El Gobierno baja la edad para ser legítimo usuario de armas
El Gobierno Nacional reglamentó la reducción de la edad mínima para ser legítimo usuario de armas a 18 años mediante el Decreto 1081/2024 y ya comienza a regir. Esta medida ajusta la reglamentación de la Ley 20.429 al Código Civil y Comercial, que establece la mayoría de edad a los 18 años.
El artículo 55 del Decreto 395/1975, que reglamenta la Ley de Armas y Explosivos (20.429), establecía como requisito tener 21 años para adquirir, portar o usar armas. Sin embargo, con la actualización del Código Civil, que fija la mayoría de edad a los 18 años, se hizo necesario modificar esta regulación para unificar criterios legales.
Con el nuevo decreto, los ciudadanos argentinos podrán acceder a la condición de legítimos usuarios de armas desde los 18 años. La medida fue firmada por el presidente Javier Milei, el ministro del Interior, Guillermo Francos, y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
Procedimiento para obtener la licencia
Para adquirir la condición de legítimo usuario, se deben cumplir los requisitos establecidos por la ANMAC (Agencia Nacional de Materiales Controlados), que incluyen:
- Ser mayor de 18 años.
- Completar los trámites pertinentes ante la ANMAC.
1. Acreditar identidad y domicilio real:
Si sos argentino nativo o por opción, presentar una copia certificada de tu DNI.
Si sos extranjero, debés acreditar tu residencia permanente con una copia certificada del DNI.
2. Aprobar el examen psicofísico:
Se debe contar con el Certificado Psicofísico emitido por el Sistema Abierto y Federal de Emisión de Certificados Psicofísicos (SiAF).
3. Declarar el domicilio de guarda de las armas en la solicitud electrónica.
4. Certificación de inexistencia de antecedentes penales:
Este certificado debe tener una antigüedad no mayor a 60 días corridos al momento de presentar la documentación.
5. Acreditar idoneidad en el manejo de armas:
Presentar un formulario con la certificación de un instructor de tiro habilitado y de la entidad donde se realizó el examen. La fecha de emisión no debe superar los 60 días corridos.
6. Medios de vida lícitos:
- Trabajadores en relación de dependencia: Presentar recibo de haberes o certificación de servicios con firma certificada.
- Trabajadores autónomos: Acreditar ingresos con documentación emitida por la AFIP o una certificación de ingresos firmada por un Contador Público.
- Jubilados o pensionados: Presentar recibo de haberes original o certificado.
Aspectos importantes a considerar
- Toda la documentación debe tener una antigüedad no mayor a 60 días corridos.
- El comprobante de ingresos debe estar certificado por un contador.
- Si tu credencial venció hace más de 3 meses y se cuenta con armas registradas, se deberá abonar un adicional correspondiente a la categoría solicitada.
Paso a paso: Cómo realizar el trámite
- Completar la solicitud electrónica:
- Ingresar a la página de miANMaC y seleccioná la opción “SOLICITUD”.
- Presentar la documentación en el Centro de Atención de ANMaC de tu preferencia.
- Retirar la credencial en la misma delegación donde iniciaste el trámite o solicitá el envío por correo postal (abonando el arancel correspondiente).
Costo y vigencia de la credencial
- Costo del trámite: $5000.
- Vigencia: 5 años.
- Renovación: Renovar la credencial dentro de los 90 días anteriores a su vencimiento.