ANMAT elimina controles previos para importar insumos médicos de bajo riesgo
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) anunció un importante cambio normativo que impactará directamente en las operaciones de comercio exterior del sector salud: ya no será necesaria su intervención previa para la importación de productos médicos de bajo riesgo, clasificados como Clase I y II.
Entre los insumos alcanzados por la medida se incluyen termómetros, tensiómetros, jeringas estériles, vendajes, gasas, guantes de látex, agujas, suturas y soluciones desinfectantes para lentes, entre otros.
Según se indica, esta modificación, establecida mediante la Disposición 4446/2025, comenzará a regir dentro de 30 días hábiles a partir del 24 de junio de 2025.
Hasta ahora, los establecimientos debían solicitar una autorización individual ante la ANMAT para cada operación de importación. Con esta nueva normativa, los productos previamente registrados solo requerirán una declaración jurada digital mediante la plataforma TAD (Trámites a Distancia), que deberá presentarse dentro de las 48 horas posteriores al ingreso al país.
Objetivo: simplificación y eficiencia
El organismo regulador explicó que esta medida se enmarca en una política de desburocratización administrativa, con el propósito de concentrar los recursos en la vigilancia postcomercialización, sin comprometer la seguridad sanitaria.
“Se busca una mayor eficiencia regulatoria sin perder de vista la protección de la salud pública”, afirmaron fuentes oficiales.