La Justicia limitó el accionar de la Patrulla Municipal sobre personas en situación de calle
El Juzgado de Garantías N°4 de Mar del Plata resolvió hacer lugar parcialmente a una acción de habeas corpus colectivo presentada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) en representación de las personas en situación de calle.
El fallo es "exclusivamente en relación a aquellas situaciones y conductas denunciadas que afectan la libertad ambulatoria de personas en situación de calle en la ciudad de Mar del Plata", indica textual la resolución.
De esta manera el juez Juan Tapia ordenó a las autoridades del Municipio de General Pueyrredon que "omitan todo despliegue de operativos por parte del Cuerpo de Patrulla Municipal sobre personas en situación de calle que impliquen violencia física o verbal, como así también la sustracción de documentos y objetos personales".
En la denuncia del habeas corpus colectivo presentada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) se incluyeron testimonios que daban cuenta de supuestos actos de violencia institucional, traslados forzados y hostigamiento por parte de los agentes actuantes.
La resolución deja en claro, que "hay que tener resguardo del derecho a la vida, la integridad física y psíquica, la libertad y la dignidad del colectivo vulnerable que ha sido objeto de la presente acción", señala el texto donde se argumenta lo resuelvo por la Justicia.