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lunes 29 de abril de 2024

Mar del Plata

El STM recurrió al Ministerio de Trabajo por el conflicto con la Intendencia

lunes 15 de abril de 2024
El STM recurrió al Ministerio de Trabajo por el conflicto con la Intendencia

El Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) de Mar del Plata cuestionó las "medidas persecutorias" del Ejecutivo local. Por ese motivo, enviaron una nota al Ministerio de Trabajo bonaerense con el objetivo de que interceda en el conflicto y no descartaron recurrir a la Justicia.

"Las últimas decisiones del Ejecutivo Municipal implican una vulneración a los derechos laborales constitucionalmente reconocidos. De manera unilateral, inconsulta y manifiestamente ilegítima, el Ejecutivo ha modificado el régimen de licencias por presentismo establecido en el Decreto 397/2001", expresaron desde la conducción del gremio.

También recordaron que, en plena crisis de 2001 y bajo la gestión del intendente Elio Aprile, "se modificó (no sin la oposición del este gremio) el pago del presentismo, que era un 10% del salario del trabajador, por una licencia de cinco días hábiles cada cuatro meses sin registrar inasistencias. Es decir, más que un premio, como señala el intendente, fue un castigo".

"Dicho régimen contempla algunas inasistencias que no hacen perder la licencia cuatrimestral, entre ellas el ejercicio del derecho a huelga constitucionalmente reconocido por el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional", advirtieron.

El STM también recordó que la gestión de Guillermo Montenegro "ha manifestado la intención de enviar al Concejo Deliberante un Proyecto de Ordenanza que declara esenciales todas las tareas que se desarrollan en el municipio, otro hecho político que también resulta inconstitucional, ya que no solo afecta de manera directa el derecho a huelga, sino también que arroga competencias legislativas que no resultan propias de la comuna".

De acuerdo a lo expresado en el texto, "la declaración de esencial de una tarea conlleva la limitación de un derecho constitucional, por tanto, debe ser sumamente restrictiva, es por ello que la Ley 25.877 impone una cobertura mínima del 75% en caso de conflictos colectivos":

"Ni siquiera el presidente (Javier) Milei se ha animado a tanto como hoy quiere hacer el intendente Montenegro, declarar la esencialidad de tareas como el control del personal administrativo, la inspección de pesas y medidas y el cobro de tasas no reviste el menor análisis de legalidad", finalizaron.

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