lunes 22 de junio de 2026
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Reglamentaron los cambios en el Impuesto a las Ganancias: Actualizaciones y Ajustes

lunes 22 de julio de 2024

Hoy se publicó el Decreto 652/2024, que introduce modificaciones a la Ley del Impuesto a las Ganancias. Se trata del regreso de este tributo y de su cuarta categoría que estaba incluido en la reforma fiscal aprobada por el Congreso de la Nación.

El decreto aborda varias modificaciones clave, incluyendo la actualización de los artículos 30 y 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. A partir del año fiscal 2025, los montos previstos en estos artículos se ajustarán semestralmente el 1° de enero y el 1° de julio, utilizando el coeficiente derivado de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), suministrado por el INDEC. Además, se establece un ajuste excepcional en septiembre de 2024, considerando la variación del IPC de junio a agosto de 2024.

Quienes deberán pagar el Impuesto a las Ganancias

Los trabajadores solteros con sueldos brutos de 1,8 millones de pesos (1,5 netos) y los casados con salarios de 2,2 millones de pesos brutos comenzarán a pagar el tributo en Agosto. Quienes lleguen a ese piso pagarán una alícuota del 5% sobre el excedente lo que representa unos 3000 pesos para los solteros y unos 100 mil para los casados. Además, quienes perciban un sueldo bruto de 4,9 millones pagarán una alícuota del 35%.

Precisiones para el Personal Petrolero

El decreto también define con mayor claridad qué se entiende por "personal de pozo" dentro de la industria petrolera, especificando las actividades y tareas que califican bajo esta denominación. Esto incluye personal que trabaja en exploración y producción de hidrocarburos, pero excluye al personal administrativo y otros roles no directamente vinculados a las operaciones de pozo.

Beneficios y deducciones

Entre las novedades, se destaca la incorporación de una nueva deducción general al artículo 85, inciso k), de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Esta deducción está destinada a los locatarios, siempre que los contratos de locación estén debidamente registrados. Además, se establece una deducción especial para evitar la retroactividad del impuesto en las rentas.

El Decreto 652/2024 también deroga varias exenciones previstas en el artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y otros artículos del decreto que las reglamentaban. Las disposiciones del nuevo decreto entrarán en vigencia a partir del año fiscal 2024, excepto para algunas actualizaciones específicas que se aplicarán desde el año fiscal 2023.

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