jueves 30 de julio de 2026
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El Gobierno reformó la Ley de Migraciones para sancionar mensajes contra Argentina

El presidente Javier Milei firmó el DNU 681/2026, que modifica la Ley de Migraciones para impedir el ingreso o disponer la expulsión de extranjeros que promuevan mensajes de odio contra los argentinos o ultrajen los símbolos patrios.
jueves 30 de julio de 2026

El Gobierno nacional oficializó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2026, mediante el cual introduce modificaciones a la Ley de Migraciones N° 25.871 para incorporar nuevas causales de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio argentino.

La medida fue firmada por el presidente Javier Milei junto a su gabinete y, según los fundamentos del decreto, responde al aumento de lo que el Poder Ejecutivo define como "mensajes de odio y actos de hostilidad dirigidos contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional". El texto sostiene que estas conductas afectan la convivencia social y justifican una respuesta más estricta del Estado.

La principal modificación incorpora una nueva causal para impedir el ingreso de ciudadanos extranjeros al país.

A partir del decreto, podrán ser alcanzadas aquellas personas que, según la norma, hayan dirigido mensajes de odio de manera oral o escrita, incitado a la violencia contra el pueblo argentino o contra ciudadanos argentinos por motivos de nacionalidad, participado en actos de ultraje a los símbolos patrios o promovido este tipo de acciones.

Además, el mismo criterio podrá aplicarse para cancelar residencias ya otorgadas y disponer la expulsión del territorio nacional, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada caso.

Uno de los puntos destacados del decreto es que el Ejecutivo aclara expresamente que las expresiones de disenso ideológico, la crítica política, académica o ciudadana no serán consideradas dentro de estas causales, siempre que constituyan un ejercicio legítimo de los derechos garantizados por la Constitución Nacional.

En los fundamentos, el Gobierno argumenta que la medida busca sancionar únicamente aquellas conductas que impliquen incitación al odio o a la violencia, diferenciándolas de las opiniones o cuestionamientos formulados dentro del marco de la libertad de expresión.

Los argumentos del Poder Ejecutivo

En los considerandos del DNU, el Gobierno sostiene que la Argentina mantiene una tradición histórica de apertura hacia los inmigrantes, pero remarca que la soberanía del Estado habilita a establecer condiciones para el ingreso y permanencia de extranjeros cuando estén en juego el orden público, la seguridad y la convivencia social.

El decreto cita jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que reconoce la potestad soberana de cada Estado para admitir o rechazar el ingreso de extranjeros bajo las condiciones que considere pertinentes.

Asimismo, el texto invoca la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que prevé restricciones legales respecto de la propaganda en favor de la guerra o de la apología del odio que constituya una incitación a la violencia.

Cambios en la Ley de Migraciones

La norma incorpora un nuevo inciso al artículo 29 de la Ley de Migraciones, que establece los impedimentos para ingresar al país, y otro al artículo 62, referido a las causales de cancelación de residencia.

También modifica el artículo 63 para establecer que la cancelación de la residencia por estos motivos podrá derivar en la intimación para abandonar el país o en la expulsión del extranjero, según cada caso.

Como ocurre con todos los Decretos de Necesidad y Urgencia, la norma será remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá emitir un dictamen antes de su tratamiento por ambas cámaras, de acuerdo con el procedimiento establecido por la Ley 26.122. Mientras tanto se encuentra en vigencia.