domingo 26 de abril de 2026
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El Gobierno oficializó el nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil

El Gobierno actualizó el salario mínimo por decreto tras la falta de acuerdo en el Consejo. Los nuevos montos mensuales y por hora.
miércoles 03 de diciembre de 2025

El Gobierno nacional formalizó hoy una actualización escalonada del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que regirá entre noviembre de 2025 y agosto de 2026.

La decisión se tomó mediante un laudo obligatorio, luego de que el Consejo del Salario no lograra acuerdo entre las representaciones sindicales y empresarias.

La medida quedó oficializada en la Resolución 9/2025 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada el 2 de diciembre.

El Consejo del Salario se reunió el 26 de noviembre de 2025, pero trabajadores y empleadores no alcanzaron una posición común sobre el aumento del salario mínimo. Ante la falta de consenso —prevista en la Ley 24.013— la presidenta alterna del organismo quedó habilitada para emitir un laudo y fijar los nuevos valores.

Este mecanismo ya se utilizó en ocasiones anteriores cuando las negociaciones quedaron estancadas.

Nuevos montos del salario mínimo: mes por mes

La resolución establece un cronograma de aumentos mensuales que impacta sobre trabajadores mensualizados con jornada completa y sobre empleados jornalizados.

Montos para trabajadores mensualizados

  • Noviembre 2025: $328.400
  • Diciembre 2025: $334.800
  • Enero 2026: $341.000
  • Febrero 2026: $346.800
  • Marzo 2026: $352.400
  • Abril 2026: $357.800
  • Mayo 2026: $363.000
  • Junio 2026: $367.800
  • Julio 2026: $372.400
  • Agosto 2026: $376.600

 

Montos por hora para trabajadores jornalizados

  • Noviembre 2025: $1.642
  • Diciembre 2025: $1.674
  • Enero 2026: $1.705
  • Febrero 2026: $1.734
  • Marzo 2026: $1.762
  • Abril 2026: $1.789
  • Mayo 2026: $1.815
  • Junio 2026: $1.839
  • Julio 2026: $1.862
  • Agosto 2026: $1.883

 

Los montos contemplan todas las modalidades bajo la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, el Régimen Agrario y el sector público nacional, excluyendo las asignaciones familiares.

Cómo impacta en la prestación por desempleo

El laudo mantiene el criterio vigente desde 2023 para calcular la prestación por desempleo, que quedará en:

  • 75% del salario neto promedio del trabajador en los últimos seis meses.
  • Un piso equivalente al 50% del salario mínimo vigente.
  • Un tope del 100% del salario mínimo.

 

Esto implica que cada actualización mensual del SMVM ajustará automáticamente los montos mínimos y máximos de esa prestación.

Qué dicen las leyes que respaldan la decisión

La resolución cita como base legal la Ley 24.013, que creó el Consejo del Salario y establece que, en caso de no haber acuerdo entre las partes, el Estado puede intervenir mediante un laudo. También menciona reglamentos y decretos que ordenan el funcionamiento del organismo y las competencias del actual Ministerio de Capital Humano.